LMR para Fosmet : Nuevos límites
Se ha modificado el LMR para el fosmet, fijándolo al nivel del límite de la determinación.
El pasado 26 de mayo de 2023 se publicó el REGLAMENTO (UE) 2023/1029 DE LA COMISIÓN de 25 de mayo de 2023 que modifica los anexos III y V del Reglamento (CE) n.o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de FOSMET en determinados productos.
Entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y será aplicable a partir del 15 de septiembre de 2023.
En enero del 2022 ya se publicó el Reglamento 2022/94 en el que no se renovaba la aprobación de esta sustancia activa, pero se había seguido manteniendo hasta el momento el LMR de 3.0 mg/kg
En este Reglamento (UE) 2023/1029, para todos los productos, incluidas las Aceitunas para producción de aceite, se establece un Límite Máximo de Residuo (LMR) de 0.01 mg/kg.
Dado que el fosmet es una materia activa muy usada en el olivar, sobre todo en zonas con alta incidencia de mosca del olivo y Prays, les recomendamos que sigan tomando máxima precaución en los próximos tratamientos con insecticida para usar alternativas donde no esté esta materia activa. Esta sustancia es una de las más comunes entre los positivos detectados en aceites de oliva, llegando a suponer las muestras positivas en este principio activo el 5.86 % del total de muestras analizadas en Laboratorio Tello durante las dos últimas campañas a niveles que a partir de la fecha límite establecida en este reglamento estarán fuera de la normativa Europea.
Una vez sea aplicable el Reglamento, el LMR de la sustancia activa fosmet será 0.01 mg/kg y no debería ni usarse ni aparecer en la campaña 2023-2024 bajo riesgo de sanciones.