PPWR: Reglamento sobre envases y residuos de envases
Identifica las obligaciones que se aplican a tu empresa y planifica tu estrategia de cumplimiento de la PPWR con Tentamus
El Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases, conocido como PPWR (Reglamento sobre envases y residuos de envases), introduce nuevos requisitos para las empresas que fabrican, importan, distribuyen o comercializan envases y productos envasados en el mercado europeo.
El PPWR entró en vigor el 11 de febrero de 2025 y se aplicará, en general, a partir del 12 de agosto de 2026, introduciéndose progresivamente nuevas obligaciones hasta 2040.
Las empresas deberán verificar el cumplimiento de la normativa sobre envases, recopilar datos e información a lo largo de la cadena de suministro, realizar los ensayos necesarios y preparar la documentación acreditativa adecuada.
A través de su red de laboratorios y empresas de consultoría, Tentamus combina su experiencia analítica, técnica y normativa para apoyar a las empresas a lo largo de todo el proceso de cumplimiento del PPWR.
Novedades
El Reglamento (UE) n.º 2025/40 supone un cambio significativo en la legislación europea sobre envases y residuos de envases. El PPWR sustituye a la anterior Directiva 94/62/CE e introduce un marco normativo de aplicación directa en todos los Estados miembros, con el objetivo de armonizar los requisitos y las responsabilidades en todo el mercado europeo.
Para las empresas, el cumplimiento normativo no se limitará a las características del envase final, sino que abarcará todo el proceso de gestión del envase: diseño, selección de materiales, relaciones con los proveedores, recopilación de datos técnicos, ensayos analíticos y elaboración de la documentación.
Las principales áreas reguladas por el PPWR incluyen:
- restricciones sobre los PFAS, los metales pesados y otras sustancias restringidas;
- reciclabilidad y diseño orientado al reciclaje;
- contenido mínimo de material reciclado;
- reducción del peso, el volumen y el espacio vacío;
- requisitos de reutilización y recarga;
- requisitos de compostabilidad;
- restricciones sobre determinados formatos de envases de un solo uso;
- etiquetado armonizado a nivel europeo;
- trazabilidad e intercambio de información a lo largo de la cadena de suministro;
- evaluación de la conformidad;
- documentación técnica y la Declaración de Conformidad de la UE.
Los distintos requisitos se aplicarán de forma progresiva y según diferentes plazos. Por lo tanto, será necesario identificar las obligaciones aplicables teniendo en cuenta el papel de la empresa en la cadena de suministro, el tipo y el uso previsto del envase, así como el mercado en el que se comercializa.
El PPWR tendrá un impacto tangible en varias funciones corporativas, entre ellas las de calidad, asuntos regulatorios, compras, investigación y desarrollo, producción, sostenibilidad y diseño de envases. En muchos casos, las empresas tendrán que revisar los envases que ya están en uso, verificar la información recibida de los proveedores y subsanar cualquier deficiencia técnica, documental o analítica.

¿A qué empresas se aplica?
El Reglamento PPWR no se aplica únicamente a los fabricantes de envases. Afecta a los operadores económicos que fabrican, importan, distribuyen o comercializan envases y productos envasados en el mercado de la Unión Europea.
El Reglamento se aplica a todo tipo de envases, independientemente del material utilizado, incluidos los destinados a la venta, el agrupamiento, el transporte y el comercio electrónico. Por lo tanto, su ámbito de aplicación incluye, entre otros, los envases alimentarios, cosméticos, farmacéuticos, comerciales e industriales fabricados con plástico, papel y cartón, vidrio, metal, madera o materiales compuestos.
Las obligaciones varían en función del papel que se desempeñe en la cadena de suministro.
Fabricantes y productores de envases
Deben verificar que los envases cumplan los requisitos aplicables en materia de diseño, composición, sustancias restringidas y rendimiento. El Reglamento sobre envases y materiales de envase (PPWR) también establece obligaciones específicas relativas a la evaluación de la conformidad, la documentación técnica y la declaración de conformidad de la UE.
Importadores
Los operadores que introducen en el mercado europeo envases o productos envasados procedentes de países no pertenecientes a la UE deben verificar, antes de comercializarlos, que se cumplen los requisitos del Reglamento y que se dispone de la documentación necesaria.
Operadores de comercio electrónico y logística
El PPWR también abarca los envases utilizados para la venta en línea, la entrega y el transporte. La minimización de los envases, la reducción del espacio vacío y los requisitos aplicables a los envases de envío son especialmente relevantes para estos operadores.
Brand owners and private-label companies
Companies that market packaging or packaged products under their own name or trademark may assume the role of manufacturer and the related responsibilities. It is therefore essential to clarify their role, collect reliable information from suppliers and verify the available evidence.
Distributors and retailers
They must ensure that packaging made available on the market bears the required information and is accompanied by the applicable documentation, taking action if any elements emerge that may indicate non-compliance.
Calendario y plazos
El PPWR prevé la aplicación progresiva de los requisitos, y las obligaciones entrarán en vigor en diferentes momentos entre 2026 y 2040.
Comprender el calendario del Reglamento es fundamental para planificar correctamente las actividades de cumplimiento, evitar problemas operativos y estructurar la estrategia de cumplimiento con la debida antelación.
| 11 Febrero 2025 | Entrada en vigor del Reglamento (UE) n.º 2025/40. |
| 12 Agusto 2026 | Entran en vigor las primeras obligaciones previstas en el Reglamento, entre las que se incluyen:
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| 12 Febrero 2027 | A partir de 2027, entrarán en vigor los requisitos relativos a los sistemas de recarga en el sector HORECA. Para entonces, también se espera la publicación de varios actos delegados y directrices operativas sobre:
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| 12 Febrero 2028 | Entran en vigor los siguientes requisitos:
El Reglamento también introduce criterios cada vez más estrictos contra el exceso de embalaje, prestando especial atención a los envases innecesarios y al espacio vacío excesivo. |
| 12 Agosto 2028 | Entran en vigor las nuevas normas europeas sobre el etiquetado armonizado de los envases. Las etiquetas deben facilitar:
También se introducirán sistemas digitales, como los códigos QR y las herramientas de información sin papel. |
| 1 Enero 2030 | Algunos de los requisitos más relevantes de la PPWR entrarán en vigor a partir de 2030:
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| 2035–2038 | A partir de 2035, solo se permitirán los envases que sean reciclables a gran escala. |
| From 2038 | Solo podrán comercializarse los envases que pertenezcan a las clases de reciclabilidad más altas. |
| 2040 | El Reglamento prevé nuevos aumentos en:
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Retos para el sector alimentario
Para las empresas del sector alimentario, cumplir con el PPWR supone replantearse los envases, buscando un equilibrio entre los objetivos medioambientales, la seguridad alimentaria, la conservación de los productos y la viabilidad industrial. Los nuevos requisitos afectarán progresivamente a los materiales, los formatos, los procesos de adquisición y la información que se intercambia a lo largo de la cadena de suministro.
A partir del 12 de agosto de 2026: cumplimiento de la normativa sobre seguridad química y envasado
A partir del 12 de agosto de 2026, se aplicarán límites específicos para los PFAS en los envases que entren en contacto con alimentos. El PPWR también regula la concentración total de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente en los envases.
Las empresas deberán evaluar la información recibida de los proveedores teniendo en cuenta los materiales, la composición y el nivel de riesgo. Cuando sea necesario, los análisis de PFAS, flúor total y metales pesados pueden aportar pruebas técnicas que respalden el cumplimiento de la normativa.
La comercialización de los envases también deberá ir acompañada de una evaluación de la conformidad, documentación técnica y la Declaración de Conformidad de la UE. Esto requerirá una colaboración más estrecha entre los fabricantes de envases, los proveedores, los envasadores, los propietarios de marcas, los importadores y los minoristas.
A partir de 2027: responsabilidad ampliada del productor
La PPWR refuerza las obligaciones relacionadas con la responsabilidad ampliada del productor al exigir el registro en los sistemas nacionales, la presentación de datos y las contribuciones a los costes de gestión de los residuos de envases.
Las empresas que comercialicen productos en varios países europeos deberán verificar las obligaciones exigidas en cada mercado y organizar adecuadamente la recopilación y el envío de la información.
A partir de 2028: etiquetado armonizado
Los envases deberán llevar una etiqueta armonizada que contenga información sobre la composición de los materiales para facilitar su correcta eliminación. También se exigirá información específica para los envases reutilizables y los sujetos a sistemas de depósito y devolución.
Las empresas del sector alimentario deberán coordinar estos requisitos con la información que ya figura en los envases y con las obligaciones de etiquetado de los alimentos, al tiempo que gestionan un espacio a menudo limitado y envases destinados a diferentes mercados.
A partir de 2030: reciclabilidad, reducción y circularidad de los envases
A partir de 2030, entrará en vigor un conjunto de requisitos destinados a transformar el diseño y el uso de los envases:
- diseño orientado al reciclaje según criterios armonizados;
- clasificación de los envases en función de su capacidad de reciclaje;
- porcentajes mínimos de material reciclado para determinados tipos de envases de plástico;
- reducción al mínimo del peso y el volumen;
- objetivos de reutilización para tipos específicos de envases;
- restricciones sobre determinados formatos de un solo uso;
- obligaciones relativas a las soluciones de recarga y reutilización.
En el sector alimentario, el reto consistirá en conciliar estos objetivos con la seguridad, las propiedades de barrera y la vida útil del producto. El análisis de las estructuras multicapa, los recubrimientos, los adhesivos y otros componentes no debe comprometer la protección de los alimentos.
Cualquier reducción en la cantidad de material utilizado también debe evaluarse cuidadosamente. Los estudios sobre la vida útil pueden respaldar el desarrollo de nuevos formatos o materiales ligeros, al verificar que la optimización del envase no aumente el deterioro ni el desperdicio de alimentos.
En el caso de los envases de plástico que entran en contacto con los alimentos, el uso de material reciclado también debe cumplir con la legislación aplicable a los materiales en contacto con alimentos (FCM). Por lo tanto, será necesario verificar el origen, la calidad y la idoneidad de los materiales, así como la documentación facilitada por los proveedores.
Entre 2035 y 2040: requisitos cada vez más estrictos
A partir de 2035, los envases deberán ser reciclables a gran escala, además de cumplir los criterios de diseño orientado al reciclaje.
A partir de 2040, los objetivos de contenido reciclado y reutilización para los tipos de envases en cuestión aumentarán aún más. Por lo tanto, las empresas deben planificar una estrategia de cumplimiento progresivo, realizando un seguimiento de la evolución de los criterios técnicos y aplicando las disposiciones pertinentes.
Soluciones de Tentamus para el cumplimiento normativo
El cumplimiento de la normativa PPWR requiere una combinación de evaluación normativa, conocimiento de los materiales, recopilación de información a lo largo de la cadena de suministro y las pruebas analíticas necesarias.
Gracias a la combinación de laboratorios especializados y experiencia en consultoría, Tentamus ayuda a las empresas a definir una estrategia de cumplimiento adaptada a su función, a las características de sus envases y a los requisitos aplicables.

Tentamus ofrece apoyo a diferentes sectores.
Alimentos y bebidas
Pruebas de PFAS, flúor total y metales pesados, pruebas de migración, seguridad de materiales en contacto con alimentos y estudios de vida útil para la optimización del envasado.
Cosméticos y cuidado personal
Verificación de materiales y documentación de envasado, evaluación de los requisitos aplicables y apoyo en la gestión de la información recibida de los proveedores.
Productos farmacéuticos y médicos
Evaluaciones técnicas y documentales para integrar los requisitos de PPWR con las necesidades de seguridad, protección y estabilidad del producto.
Detergentes y productos para el hogar
Apoyo en la verificación de la composición del envase, sustancias restringidas y documentación técnica.
Venta minorista y marcas blancas
Análisis de las responsabilidades del propietario de la marca, mapeo de proveedores, verificación de la evidencia disponible y apoyo en la evaluación de la conformidad.
Fabricantes de envases
Evaluación de los requisitos aplicables, pruebas de laboratorio y apoyo en la preparación de la información que se proporcionará a los clientes a lo largo de la cadena de suministro.
Servicios para el sector HORECA y alojamiento
Apoyo para el cumplimiento de los requisitos de la normativa PPWR específicos para restaurantes, bares, establecimientos de comida para llevar, hoteles y alojamientos: verificación de los requisitos de los envases y materiales en contacto con los alimentos, análisis de PFAS, introducción de sistemas de recarga y reutilización, evaluación de alternativas a los formatos de un solo uso y gestión de las nuevas restricciones previstas a partir de 2030.
¿Por qué Tentáculos?
- Experiencia analítica y regulatoria integrada. Una red única que combina interpretación regulatoria, evaluación técnica y pruebas de laboratorio.
- Soporte durante todo el proceso: desde el mapeo inicial del empaque hasta la generación de la evidencia necesaria para documentar el cumplimiento.
- Experiencia en envasado de alimentos. Experiencia especializada en seguridad de materiales en contacto con alimentos, pruebas de migración y estudios de vida útil.
- Red nacional e internacional. Somos una red global de laboratorios y empresas de consultoría que atienden las necesidades de calidad, seguridad y cumplimiento normativo de productos y organizaciones.
FAQ
¿Cuándo se aplica el PPWR?
El Reglamento entró en vigor el 11 de febrero de 2025 y, en general, se aplicará a partir del 12 de agosto de 2026. En los años siguientes se irán aplicando progresivamente requisitos adicionales, con plazos diferentes.
¿A qué empresas se aplica el PPWR?
El Reglamento sobre el embalaje y los productos envasados (PPWR, por sus siglas en inglés) se aplica a las empresas que fabrican, importan, distribuyen o comercializan envases y productos envasados en el mercado europeo. Las obligaciones varían según la función que desempeñen en la cadena de suministro.
¿Se aplica también la PPWR a las empresas que venden productos bajo su propia marca?
Sí. Bajo ciertas condiciones, una empresa que comercializa envases o productos envasados bajo su propio nombre o marca registrada puede ser considerada fabricante y asumir responsabilidades específicas en materia de cumplimiento normativo y documentación.
¿Se aplica también la normativa PPWR a los envases de alimentos?
Sí. Los envases de alimentos están sujetos tanto a los requisitos generales de la PPWR como a disposiciones específicas, incluidos los límites de PFAS. Las normas relativas a los materiales y artículos destinados a entrar en contacto con los alimentos también siguen siendo aplicables.
¿Qué limitaciones introduce la PPWR para las sustancias PFAS?
A partir del 12 de agosto de 2026, los envases en contacto con alimentos no podrán comercializarse si contienen PFAS en concentraciones iguales o superiores a los límites establecidos por el Reglamento, medidos mediante análisis específicos, PFAS totales o flúor total en las condiciones especificadas.
¿Es suficiente una declaración del proveedor para demostrar el cumplimiento?
Depende de los requisitos, la fiabilidad y exhaustividad de la documentación, y el nivel de riesgo asociado al embalaje. En algunos casos, puede ser conveniente verificar la información mediante ensayos de laboratorio o pruebas técnicas adicionales.
¿Qué pruebas podrían ser necesarias?
Dependiendo del material y del uso previsto, puede ser necesario realizar pruebas para detectar PFAS, flúor total y metales pesados, además de pruebas de seguridad alimentaria y de migración para los envases en contacto con alimentos.
¿Qué es la Declaración de Conformidad de la UE exigida por el PPWR?
Es el documento mediante el cual el fabricante declara que el embalaje cumple con los requisitos aplicables del Reglamento. Debe ir acompañado de una evaluación de conformidad adecuada y la documentación técnica pertinente.
¿Quién es el responsable de la Declaración de Conformidad de la UE?
La responsabilidad recae en el fabricante identificado de acuerdo con las definiciones y condiciones establecidas en el Reglamento. La correcta atribución de esta función debe verificarse considerando la relación entre el productor del envase, el titular de la marca y las partes que lo comercializan.
¿Cómo se debe gestionar una cartera de productos que comprende muchos tipos de embalaje?
Es recomendable comenzar por mapear el portafolio y, cuando sea técnicamente posible, agrupar los envases en familias homogéneas según los materiales, la estructura, el uso previsto y el proveedor. Esta actividad permite establecer prioridades y definir un plan de verificación proporcional al riesgo.
¿Cómo puede Tentamus facilitar el cumplimiento de las normas?
Tentamus combina consultoría técnico-regulatoria con análisis de laboratorio. El apoyo puede incluir capacitación, actualizaciones normativas, evaluaciones, análisis de deficiencias, valoraciones específicas, análisis de sustancias peligrosas, análisis de migración, estudios de vida útil y asistencia en la estructuración del sistema de evaluación de la conformidad.